Seminario
5, ¿Considera
una amenaza o no la Reforma Procesal Penal para el gremio odontológico?
Al plantearse esta
pregunta uno lo que primero debe tener claro al estudiar una profesión de la
salud es que aparte de desarrollar los conocimientos propios de nuestra
carrera, debemos tener presente las leyes y elementos éticos que rigen nuestra
actividad profesional 1.
Por lo tanto nosotros
por ningún motivo debemos tomar como una amenaza a la reforma procesal. Yo
concuerdo que debe existir un medio fiscalizador para asegurar la calidad de
los procedimientos. Y que la ética profesional es algo esencial en la formación
y práctica diaria de los profesionales de la salud.
En el mundo de hoy, hay
cambios muy grandes. Hay un aumento en la judicialización del ejercicio médico
y un aumento exponencial de reclamaciones de mala praxis. Todos estos cambios
en el entorno socio cultural general la necesidad de fortalecer, modernizar y
acreditar nuestras entidades universitarias para responder a las necesidades de
la comunidad 2.
De este último punto de
desprende que la asignatura de Medicina Legal se ubica en los últimos años de
la carrera y la importancia que se le otorga dentro de la malla curricular es
poca. La entrega de conocimiento se da de forma teórica. Y estos factores crean
y profundizan la falta de conocimiento en el quehacer diario del profesional 3.
Es de relevancia nombrar
la presencia de material de resguardo por parte de los profesionales como son:
los protocolos y manuales de procedimientos, ficha clínica, exámenes
complementarios, etc. Los cuales permiten al profesional basar diagnósticos y
procedimientos en evidencia tangible.
Respecto a la Reforma
Procesal Penal, el sistema ha entrado gradualmente y se incorporo a la RM el
2005.
El nuevo
marco legal tiene fortalezas y de-bilidades. Entre las primeras están: a) La
división de tareas, con personas o entes independientes encargados de la
investigación de la denuncia (fiscalías), de la defensa de los imputados
(defensoría pública) y un tribunal de tres jueces que pronuncia la sentencia
tras un juicio oral y público. b) La agilización de todo el proceso hasta la
sentencia, con plazospredeterminados. c) Reconocimiento explícito de las
garantías de las personas. d) Introducción de nuevos mecanismos de
soluciones de conflictos: no efectuar la investigación, suspensión
condicional del proce-dimiento, acuerdos reparatorios, procedimiento
abreviado. Lo anterior se suma a las soluciones destribunalizadas de los
conflictos contempladas en la Ley de Autoridad Sanitaria: mediación y arbitraje
para intentar alcanzar un acuerdo entre las partes. Sus desventajas relativas:
a) Exposición pública del investigado, con la posibilidad de mediatización de
un mayor número de conflictos y b) Escasez de peritos calificados para el
tema médico 4.
Bibliografía:
1) ODONTOLOGIA Y
REFORMA PROCESAL, Dr.Luis Ciocca G
2) Chahuán
S. Manueal del Nuevo Procedimiento Penal. ConoSur ltda. 2001, Capitulo 2.
3) González
W Leonardo, Inzunza N José Antonio, Bustos M Luis, Vallejos V Carlos, Gutiérrez
L René. Docencia e investigación en Medicina Legal: Situación actual y desafíos
para las Facultades de Medicina de Chile. Rev. méd. Chile 2005 Jul;
133(7): 805-812
4) Ritz
P Juan, García M César, Ortega T Dulia. LA REFORMA PROCESAL PENAL CHILENA:
NUEVO MARCO MEDICO-LEGAL DEL EJERCICIO DE LA RADIOLOGIA. Rev. chil.
radiol. 2005; 11(3): 142-149.
Concuerdo con Sebastián, ya que a las únicas personas que podría amenazar la reforma procesal penal es a las que ejercen una mala praxis. Si trabajamos de manera ética, con los protocolos adecuados que se nos han enseñado en nuestra escuela, manteniendo una relación fluida con nuestros pacientes que permita el dialogo para así poder explicar los procedimientos a realizar y los riesgos y beneficios que impliquen, esta reforma no tendría por qué amenazarnos.
ResponderEliminarCreo que la reforma de cierta manera protege la imagen del profesional, pues otorga la posibilidad de juicios abreviados en donde no se hace pública la acusación,y se puede llegar a advvenimiento, ya que muchas veces éstas resultaban falsas o injustificadas, dejando para el profesional afectado un mal antecedente en su curriculum, que resultaba bastante perjudicial en el ejercicio de su profesión. Por otra parte permite estipular con más claridad los derechos de los pacientes los que según se ha visto hasta la fecha están muy disconformes y se sienten muy menoscabados en cuanto a la forma en que se les considera dentro del sistema de salud.
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